Aun y cuando en Sonora la ley no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, si es posible que se den casos cuando algún juzgado federal ordena a la Dirección del Registro Civil que proceda con esa unión.
Aun y cuando en Sonora la ley no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, si es posible que se den casos cuando algún juzgado federal ordena a la Dirección del Registro Civil que proceda con esa unión.
Al preguntar el tema de la posible adopción de niños por dichas parejas, el titular del Registro Civil, Ulises Cristópulos RÃos, explicó que no hay impedimento legal para que las personas, casadas del mismo sexo, puedan registrar a un niño con ambos apellidos siempre y cuando el padre biológico, no reconozca a ese pequeño.
“Si posteriormente entre dos mujeres que se unieron en matrimonio, una de ellas tiene familia pueden ir a registrar a ese niño en cualquier oficialÃa del Registro Civil, con el acta de matrimonio que en su momento, tuvieronâ€, indicó.
Agregó que ese niño llevarÃa el apellido de ambas personas, si el padre biológico, insistió, permite que eso ocurra y se deslinda de la responsabilidad de crear a ese niño, con todo lo que implica la ley.
Ulises Cristópulos comentó que en Sonora se dan muchos casos en los que la madre acude a una oficialÃa y registra al niño, sola, sin el padre, que se desiste del proceso y el pequeño llevará los apellidos maternos solamente y aún no se han presentado casos de niños registrados por un matrimonio conformado por personas del mismo sexo.